La concejalía de empleo, formación y desarrollo local sigue trabajando a puerta cerrada

La concejalía informa además de las medidas que afectan a beneficiarios y solicitantes de prestaciones por desempleo durante la crisis de la COVID-19

La Concejalía de Empleo, Formación y Desarrollo Local sigue trabajando a puerta cerrada, pero los ciudadanos que necesiten hacer cualquier consulta pueden llamar al 696247568 o mandar un correo electrónico a la  dirección cime@mazarron.es . Así mismo podrán consultar información de interés empresarial y para el empleo en el Portal de Empleo del Ayuntamiento de Mazarrón, en la página web municipal //mazarron.portalemp.com/

Así mismo se informa a la población que pueda estar interesada en las prestaciones de desempleo y los modelos de solicitud de las diferentes modalidades.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE),  ha detallado las medidas que afectan a beneficiarios y solicitantes de prestaciones por desempleo durante la crisis COVID-19 y en tanto esté en vigor el estado de Alarma decretado por el Real Decreto 463/2020.

A).-Trabajadores afectados por EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO (ERTE).

El procedimiento está regulado en los RD-Ley 8/2020 y 9/2020:

Los trabajadores afectados por un ERTE, no tiene que hacer ninguna gestión con el SEPE ni solicitar la prestación. La empresa comunicará los datos de los trabajadores afectados a la administración (Dirección General de Diálogo social, Sede electrónica CARM, procedimiento 3345) y se le dará de alta automáticamente en el sistema. El SEPE iniciará los trámites para el reconocimiento sus prestaciones. Tampoco tiene que hacer ninguna gestión con el SEF. La inscripción se realizará de manera automática en coordinación con el SEPE.

Las empresas ha de comunicar los datos de los trabajadores afectados por el ERTE cumplimentando, en el plazo de cinco días desde la presentación del ERTE, el Excel que el SEPE les ha remitido con los datos mínimos necesarios para el Alta en la prestación por desempleo, que se hará de oficio.

El Alta en la demanda de empleo también se producirá de oficio tras la mecanización de la prestación por desempleo.

B).-Resto de trabajadores que precisan INSCRIBIRSE en el SEF y SOLICITAR PRESTACIONES en el SEPE.

En el R.D. Ley 8/2020 se recogen algunas medidas relacionadas con los beneficiarios y solicitantes de prestaciones por desempleo:

· El SEPE no aplicará el proceso de “días consumidos por solicitud fuera de plazo” durante el tiempo que dura la crisis de COVID-19 (Artículo 26 del R.D. Ley 8/2020).

· En aplicación del artículo 27 del R.D. Ley 8/2020, se reanudarán de oficio las prórrogas semestrales de los subsidios, por lo que no es necesario realizar solicitudes. Tampoco se interrumpirá el pago del subsidio de mayor de 52 años si no se presenta la declaración anual de ingresos dentro del plazo establecido legalmente.

· El SEPE Informa que no se exigirá la acreditación de la BAE en las solicitudes de RAI y SED.

Tras la inscripción en el SEF, los desempleados tienen que enviar la solicitud al buzón de su correspondiente oficina de empleo:

Correo con solicitud y copia de DNI/NIE (o indicación de fecha de caducidad) adjuntos a la dirección del correo de la oficina de Mazarrón: bop3002610@sepe.es 

En el caso de que el usuario no tenga forma de adjuntar la solicitud, sería suficiente con mandar un correo que contenga, como mínimo:

· Número de DNI/NIE del solicitante.

· Fecha de caducidad del DNI/NIE

· Nombre y apellidos del solicitante.

· Tipo de prestación que solicita (Contributiva, Subsidio, Reanudación, RAI, SED…)

· Número de cuenta bancaria (IBAN) para ingreso de prestación

· Un teléfono de contacto y, si es posible, un correo electrónico.

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